Parcela en la Urbanización Can Cabot de Cabrils
Atención: posibilidad de construir 2 casas pareadas
Situada en el casco urbano totalmente llana y ya con muro de contención, por lo tanto, muy fácil de construir, mide 689m².
Tiene vistas al pueblo.
La urbanización está pendiente de ser recepcionada por el ayuntamiento, con lo cual, no dan permisos para construir obra nueva, hasta que se cumpla ese proceso burocrático, que según sabemos puede tardar como máximo dos años.
La población de Cabrils está situada a solo 3 km de la playa y a 27 km de Barcelona por la autopista C-32; se caracteriza por su alta renta per cápita de la población.
Cabrils es famoso en el Maresme, por su Feria Gastronómica que a mediados de Agosto, reúne a los mejores restaurantes de la comarca para degustar sus deliciosas especialidades.
Lugar idílico para vivir.
Importante:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20.1 del TRLDCU,
El precio final del inmueble, SE INCREMENTARÁ, en los siguientes importes:
IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR:
En el caso del IVA al tipo vigente de 10% (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el caso del ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de la referencia o el del valor de referencia catastral, oscilando entre el 5% y el 13%, en función de las condiciones del comprador, todo ello de acuerdo con el (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.)
NOTARÍA Y REGISTRO:
NOTARÍA: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la Notaría en un precio entre 600 € y 1.500 €. El cálculo: Se basa en el precio de la vivienda (entre un 0,2% y un 0,5% del valor de la CV)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD: generalmente entre 200 € y 700 €, El cálculo: Se sitúa entre el 0,1% y el 0,25% del valor de la CV
(Real Decreto 1426/1989, del 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989 del 17 de noviembre por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad, respectivamente)
EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA:
El importe de los gastos adicionales deberá ser consensuados con la Entidad Financiera por el comprador.
HONORARIOS PROFESIONALES DE LA AGENCIA INMOBILIARIA:
Incluidos en el precio de compra, NO COBRAMOS honorarios a los compradores.
Para el cálculo del precio final definitivo, rogamos tengan en cuenta estos gastos, no obstante, estamos a su disposición para despejar cualquier duda al respecto.
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