Fantástica nave 2.200 m2 en parcela de 4.500 m2. Nave industiral con 3 zonas de carga. SI USTED TIENE ALGUNA PROPIEDAD PARA VENDER Y ALQUILAR NO DUDE EN CONTACTAR CON NOSOTROS AL 672-275-147 [IMPUESTOS NO INCLUIDOS. Documento sin valor contractual, sujeto a cambios y revisiones por motivos técnicos, constructivos o comerciales. Las discreciones y especificaciones contenidas en este documento podrían variarse, siendo sustituidas por otras de igual o superior calidad. Mobiliario y elementos de decoración no incluidos. La información aquí contenida está sujeta a actualizaciones sin previo aviso, por lo que debe ser confirmada en cada caso].📢 El precio indicado no incluye impuestos aplicables (AJD, ITP o IVA), ni los gastos derivados de notaría, registro y posibles costes de financiación.📱 Al solicitar información, autoriza expresamente a ser contactado conforme a la Ley 11/2022 desde número móvil o canales electrónicos, según normativa de comunicaciones.🖼 Las imágenes que acompañan este anuncio pueden incluir simulaciones o propuestas de reforma no vinculantes con el estado actual de la vivienda.*EN NAVES INDUSTRIALES LA TRIBUTACIÓN A PAGAR POR EL COMPRADOR PUEDE VARIAR YA QUE DEPENDE SI PROPIETARIO ES SUJETO PASIVO DE IVA, Y EL COMPRADOR TAMBIÉN, entonces se puede hacer la renuncia del sujeto pasico de IVA, entonces el propietario emite una factura a 0 y se paga Actos Jurídicos. En caso contrario, la compraventa tributaria por ITP. Por lo que el ejemplo que exponemos, suponemos que compra una persona no sujeto pasivo de IVA. Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)PRECIO DE VENTA: [1.340.000 + ITP 145.800 + Notario etc.. 2.916,30 e = 1.488.716,30 euros] €En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:•Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña, 10% sobre 600.000 e, y 11% sobre 300.000 e y 12% sobre 440.000 e del valor de compra, igual a 145.800 euros, sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.•Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.•Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.•Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden aproxNotario + copia electrónica + registro + gestión aprox sobre el velor real de compra: 2.916,30 euros •Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.•Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Agencia Tributaria Catalana, en el siguiente enlace:https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/;
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