V-PobleNOU1-1. Solo inversores. NO SE PUEDE OBTENER LA POSESIÓN DE LA VIVIENDA.~~Oportunidad de inversión a largo plazo, a un precio muy inferior al de mercado, que rondaría los 400.000 €.~~No se realizan visitas, salvo al comprador una vez realizada la diligencia y firmada la reserva.~Solo compradores que compren AL CONTADO Y SIN HIPOTECA.~Interesados contactar solo por mensaje a través de este portal.~~VIVIENDA ALQUILADA con contrato de alquiler de renta antigua (indefinido).~Alquiler: 318 € mensuales.~~Gastos a cargo del propietario:~• Comunidad: 180 € trimestrales~• IBI: 127 € trimestrales~~Finca en muy buen estado, con ITE pasada y certificado de aptitud vigente.~~Situación arrendaticia~~• Inquilino de 75 años que convive con su esposa.~• Ambos viven en la vivienda.~• Los hijos no conviven.~• En caso de fallecimiento, se subroga el cónyuge automáticamente.~• Cuando fallezca el último de los dos:~o Solo podrá subrogarse un hijo si acredita convivencia real y continuada durante los 2 años anteriores.~o El simple hecho de vivir “al lado” o en la misma calle no da derecho a subrogación.~o Si no hay convivencia acreditada → el contrato se extingue.~~Contrato de vivienda anterior a la LAU de 1994, por lo que:~• Se rige por la LAU de 1964.~• En materia de duración, subrogación y actualización de renta es plenamente aplicable la Disposición Transitoria Segunda de la LAU de 1994.~~A la extinción del contrato por fallecimiento del arrendatario, solo pueden subrogarse, y por este orden:~~El cónyuge que conviviera con el arrendatario.~~Los hijos que hubieran convivido con él al menos durante los 2 años anteriores al fallecimiento (salvo que fueran menores de edad).~~Otros descendientes, ascendientes o hermanos con convivencia mínima de 2 años.~~La subrogación debe comunicarse al arrendador en el plazo de 3 meses desde el fallecimiento, acreditando la convivencia.~~Derecho de tanteo y retracto~~Sí, existe derecho de tanteo (art. 47 LAU 1964).~Debe notificarse fehacientemente al inquilino (burofax), indicando:~o Precio.~o Condiciones esenciales.~o Identidad del comprador.~~El inquilino dispone de 60 días naturales para ejercitar el derecho de tanteo. Transcurrido este periodo, se puede efectuar la venta.~~La propiedad se encuentra en Poblenou, una de las zonas más demandadas de Barcelona, a pocos minutos de la playa.~Ubicada en una calle semipeatonal, en un entorno tranquilo, rodeado de jardines y zonas verdes. Forma parte de un edificio regio totalmente rehabilitado, que conserva el estilo original de la finca. Edificio con pocos vecinos y sin ascensor.~~La vivienda dispone de 79 m2 construidos según Catastro, se sitúa en primera planta y se encuentra actualmente alquilada, por lo que se trata de una propiedad orientada exclusivamente a inversión.~~• Gastos de comunidad: 180 € trimestrales~• ITE pasada y certificado de aptitud vigente~• IBI: 550 € anuales~~Excelente ubicación entre el mar y el centro de la ciudad. A solo 10 minutos a pie del metro L4 Poblenou, con múltiples líneas de autobús, Bicing y una amplia oferta de comercios, restaurantes y servicios en los alrededores.~~Producto exclusivo para inversores que buscan una propiedad en zona prime.~~Los impuestos de compra y los honorarios de comercialización no están incluidos.~~~. Visítanos en Todopisos.
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