CARTAGENA-CASCO HISTORICO. Calle Canales, en pleno corazón del Casco Antiguo de Cartagena, donde cada calle cuenta una historia y cada rincón tiene vida propia, aparece este piso con mucho potencial.Con 71 m2 construidos y orientación Este, la luz de la mañana entra de forma natural y marca el ritmo de la vivienda desde primera hora del día. Un espacio que invita a imaginarlo de nuevo, a adaptarlo y hacerlo totalmente propio.Dispone de dos dormitorios dobles y un baño completo, con una distribución cómoda y muchas opciones de actualización según el estilo de vida que se busque, tanto para vivir como para invertir.Vivir aquí es estar dentro de una zona que no deja de crecer, con cada vez más movimiento, interés y demanda, tanto de residentes como de visitantes que buscan el encanto del centro histórico.Una vivienda con margen para crear valor en una ubicación que sigue ganando protagonismo en Cartagena.Por expreso deseo del propietario gestionamos este inmueble con carácter de EXCLUSIVA. Con ello garantizamos, a todas las partes, un servicio de mayor calidad y sin interferencias de terceros. Rogamos no molesten al propietario del inmueble -ni a posibles ocupantes, inquilinos, o al vecindario- , sino que se dirijan directamente a nosotros para cualquier cuestión relacionada con el mismo. Si pertenece a una agencia inmobiliaria y tiene un cliente interesado en él, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de colaborar. Los precios y condiciones presentadas no son vinculantes y pueden estar sujetos a cambios.* Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión:Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3% - Sin bonificación: 7,75%Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel RegistralHonorarios de agencia: 3% +IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 3.000 € + IVA (No incluidos en el precio de venta).* Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
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