CARTAGENA-CALLE ASDRUBAL. Junto antigua "Dama de Oro" te presentamos este amplio piso ubicado en la codiciada zona de Alameda, ideal para vivir.La vivienda cuenta con 122 m2 construidos y un diseño versátil que se adapta a diferentes necesidades.Dispone de 3 habitaciones, perfectas para familias. Además, ofrece 2 baños que garantizan comodidad y funcionalidad en el día a día. Tiene una amplia cocina donde poder disfrutar de comidas familiares.El inmueble se encuentra para reformar, lo que te brinda la oportunidad de diseñarlo a tu gusto y aumentar significativamente su valor.Ubicado en una zona con todos los servicios a tu alcance: supermercados, colegios, transporte público y todo lo necesario para una vida cómoda, combinando tranquilidad y cercanía al centro.📞 No dejes pasar esta oportunidad. Contáctanos hoy mismo y agenda tu visita. ¡Este piso tiene un enorme potencial esperándote!Por expreso deseo del propietario gestionamos este inmueble con carácter de EXCLUSIVA. Con ello garantizamos, a todas las partes, un servicio de mayor calidad y sin interferencias de terceros. Rogamos no molesten al propietario del inmueble -ni a posibles ocupantes, inquilinos, o al vecindario- , sino que se dirijan directamente a nosotros para cualquier cuestión relacionada con el mismo. Si pertenece a una agencia inmobiliaria y tiene un cliente interesado en él, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de colaborar. Los precios y condiciones presentadas no son vinculantes y pueden estar sujetos a cambios.* Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión:Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3% - Sin bonificación: 7,75%Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel RegistralHonorarios de agencia: 3% +IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 3.000 € + IVA (No incluidos en el precio de venta).* Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
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