Te presentamos esta propiedad en pleno centro de Ceutí, compuesta por un local comercial en la planta baja, actualmente en uso y en alquiler, ubicado junto a la Plaza Virgili, el epicentro comercial de la localidad, donde se encuentran los principales establecimientos. En construcción, en la planta alta, hay una vivienda con terraza que actualmente puede utilizarse como almacén.No pierdas la oportunidad de inversión, contáctanos y te proporcionaremos más información.A continuación, te informamos de los gastos de compra no incluidos en el precio, con el fin de garantizar un proceso transparente y sin imprevistos:Precio de venta (PVP): 130.000€No incluye impuestos ni otros gastos que, conforme a la normativa vigente, corresponden al comprador:Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): tipo general del 7,75%, pudiendo variar en función de la normativa aplicable y posibles bonificaciones (1). La base imponible será el mayor valor entre el precio de compraventa y el valor de referencia catastral.Gastos de Notaría y Registro: aproximadamente 1.500€, en función de la complejidad de la operación y de los aranceles vigentes (2).Financiación: en caso de requerir hipoteca, los gastos de tasación y posibles comisiones o gastos bancarios serán asumidos por el comprador, según la entidad y condiciones elegidas.Honorarios de intermediación: servicio de doble intermediación. Los honorarios de la agencia inmobiliaria serán a cargo del comprador, ascendiendo al 3% del precio final de venta más IVA (21%), salvo pacto en contrario tras negociación. Dichos honorarios no están incluidos en el PVP.La operación de compraventa y sus condiciones quedan sujetas a la aceptación expresa del vendedor.(1) Para información detallada sobre el funcionamiento, tipos impositivos y posibles bonificaciones del ITP en la Región de Murcia, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Autonómica: agenciatributaria.carm.es/ITPAJD(2) Los aranceles notariales y registrales están regulados en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989 y en el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, respectivamente.Por mandato expreso del propietario, comercializamos esta propiedad en exclusiva, lo que le garantiza el acceso a toda la información, a un servicio de calidad, un trato fácil, sencillo y sin interferencias de terceros. Por este motivo, se ruega no molestar al propietario, o a los vecinos. Muchas gracias por su comprensión. Si usted es agente inmobiliario y tiene un cliente para este inmueble, llámenos: estaremos encantados de colaborar.
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