En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición por ser de difícil estimación, los cuales se desglosan al pie del anuncio de forma orientativa y con remisión a la normativa de aplicación.Qué gran privilegio es disfrutar de una vivienda tan cerca del mar y la playa, salir a pasear cada día con tu pareja o hijos por la orilla, además de sentir y respirar la brisa marina. Por ello si estas buscando tu casa en Santa Pola, te presentamos esta maravilla de planta baja a tan sólo 50 metros de la playa de Tamarit.Planta Baja de 3 dormitorios que se encuentra ubicada en calle Consueta de Playa Tamarit, vivienda construida en 1990 . Esta fantástica y amplia vivienda con 89 m2 construidos y 65m2 útiles consta de tan solo 1 planta; disfrutarás de sus 2 terrazas/jardín de 20 m2 cada una, salón-comedor, cocina independiente con galería, 2 baños completos. Se vende amueblada y con electrodomésticos. En el mismo precio se incluye plaza de aparcamiento en zona comunitaria con vado. Además tiene solarium en terraza comunitaria y trastero.Otras características importantes; buen estado, orientación Sur-Oeste (exterior y luminoso al ser esquina), muy pocos gastos de comunidad, armarios empotrados, toldos, ducha exterior.A corta distancia a pie, en Playa Lissa, hay comercios de todo tipo que abren todo el año, además de tener servicio de bus local al centro de la ciudad. La Playa Tamarit es de aguas tranquilas e ideal para toda la familia, además disfruta de bandera azul, zona de juegos y un bonito paseo marítimo con bancos y palmeras.Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana cuya tarifa se encuentra entre el 4% y el 11%, atendiendo a los siguientes factores: a) Circunstancias personales del comprador (edad, discapacidad, etc.); b) Calificación del inmueble (vivienda libre, vivienda protegida/pública); c) Precio de compraventa. Siendo el tipo general el 10%(*). El devengo del impuesto se realiza sobre la mayor de las dos siguientes magnitudes: Precio de compraventa o Valor de Referencia de Catastro.Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.Honorarios de intermediación inmobiliaria: a cargo del vendedor.(*) Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace.: https://atv.gva.es/es/itpajd
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