Si hay un tema que en los últimos años está trayendo cola este es, sin duda alguna, el ITP Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Se trata de un impuesto que se debe pagar a hacienda cuando se realizan transacciones de compraventa de bienes inmuebles o bienes muebles.

El importe del ITP depende de la comunidad autónoma en la que te encuentres y su valor presenta diferencias muy significativas. Además, en la gran mayoría de los casos podrás aprovechar una serie de descuentos y bonificaciones que te ayudarán a realizar dicho pago de forma más fácil y sencilla.

En el post de hoy vamos a descubrirte qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para que logres comprender mejor la naturaleza de este tributo y también cómo puede afectarte.

 

¿En qué operaciones se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Se trata de un tipo de tributo que se considera indirecto y que se aplica en tres casos concretos. Son los siguientes:

  1. Transmisiones de bienes o cesiones entre personas que están vivas: en esta categoría se incluirían transacciones como, por ejemplo, comprar un coche o, también, comprar una vivienda.
  2. Transacciones empresariales: tales como constituir una sociedad, ampliar el capital empresarial, fusionarse con otra empresa, etcétera.
  3. Actos jurídicos: este impuesto se aplica cuando se debe formalizar algún tipo de documentación relacionada con el mundo mercantil o que requiera intervención notarial.

 

El ITP en el caso de transmisiones de bienes o cesiones

Vamos a analizar de forma detallada el impuesto que se debe pagar cuando se realiza una transmisión de bienes patrimoniales como es el caso de la compraventa de una vivienda o local. Esta es la operativa más habitual entre los particulares y la que más dudas suscita y, por eso, vamos a ayudarte a que la entiendas mejor.

Ejemplos en los que se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales:

  • Compraventa de un vehículo
  • Compraventa de una vivienda
  • Usufructo de un terreno

 

Todas estas transacciones deben tener lugar entre personas particulares para que el impuesto deba pagarse. El motivo es que este tributo está destinado a operaciones realizadas entre «inter vivos», es decir, entre personas que están vivas. Por tanto, deja de lado cualquier operativa relacionada con la lectura de un testamento o los casos de herencia.

Estas transacciones se conforman de los siguientes elementos:

  • Sujeto pasivo del impuesto: es la persona que tiene la obligación de pagarlo y siempre es aquella persona que se queda con el derecho de usar el bien (la persona que compra o alquila, por ejemplo).
  • Base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: es el valor que tiene el bien en cuestión y  cuyo importe se calcula dependiendo de la comunidad autónoma en la que nos encontremos. Es un tributo totalmente territorial.

 

que es el itp

 

 

La cuota del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

Pero ¿cuánto se tiene que pagar de ITP? Lo cierto es que, dependiendo del tipo de transacción que realices así como de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, el valor será uno u otro. Pero aquí te dejamos una tabla con los porcentajes aproximados que te ayudarán a estimar dicho importe y más adelante te concretaremos el caso de cada comunidad:

  • Transmisión de bienes inmuebles: en el caso de que la transacción tenga que ver con inmuebles (pisos, casas, locales, parkings, etc.) el importe del impuesto será del 6%.
  • Transmisión de bienes muebles: en estos casos, el tributo que se paga es del 4%.
  • Constitución de derechos (garantías, fianzas, préstamos o créditos): el precio del ITP en estos casos es del 1%.

 

Los porcentajes que te hemos indicado se aplicarán sobre la base imponible del bien que se ha transmitido y, el valor obtenido, será el importe del tributo que deberás abonar.

Es importante saber que habitualmente puedes deducirte las cargas que reduzcan el valor de los bienes.

La persona que tiene que hacerse cargo del pago del ITP es el comprador, es decir, el receptor del bien; el vendedor, por su parte, tributará el IRPF de la operación ya que esta transacción tiene repercusión en la declaración de la renta anual.

 

¿Cómo pagar el ITP?

Para poder hacer hábil el pago de este impuesto, el ingreso del tributo deberá hacerse en un periodo máximo de 30 días laborales que dan inicio justo al día siguiente de la firma del contrato o del acuerdo de la transacción.

Este impuesto se tiene que pagar en la Delegación de Hacienda de la comunidad autónoma en la que nos encontremos y, junto al dinero, tendrás que llevar la siguiente documentación:

  • DNI o CIF.
  • Copia de la escritura pública (o también se puede entregar el original del contrato).
  • Además, también se deberá entregar un documento oficial que puede ser el modelo 600, 620 o 630 (dependiendo de la transacción que hayas realizado).

Tienes que saber que, en algunas comunidades, es posible presentar dicho impuesto de forma telemática aunque, en otras, tan solo es posible hacerlo vía presencial. Infórmate bien sobre las obligaciones de tu región para evitar una sanción por parte de la Administración Pública.

En el caso de que tengas contratado una gestoría para que te gestione estos temas, tienes que saber que puedes darle la autorización correspondiente para que sean ellos quienes se encarguen de la presentación de dicho impuesto. Lo mismo ocurre en el caso de que compres un vehículo y es que el concesionario suele llevar a cabo dichas transacciones.

 

que es el impuesto transmisiones patrimoniales

 

¿Qué modelo deberás presentar para el ITP?

Como ya hemos dicho, existen tres modelos diferentes que están a tu disposición y que deberás presentar a Hacienda juntamente con el resto de documentación. Son los siguientes:

  • Modelo 600: es el modelo más general y, normalmente, requiere de anexos que determinen la naturaleza de la operación.
  • Modelo 620: es el que se usa en los casos de compraventa de vehículos.
  • Modelo 630: es el documento que deberás cumplimentar en el caso de tener un exceso de letras (que superen los 192.327,87€).

 

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales según la Comunidad Autónoma

Vamos a descubrirte el valor que tienes que pagar de ITP dependiendo de la comunidad en la que vivas. Como ya te hemos indicado más arriba, este tributo depende de cada región y, por eso, es interesante conocer el valor actual.

Por eso, aquí te ofrecemos un listado que está ordenado por orden alfabético para que puedas encontrar fácilmente la región en la que resides:

  • Álava: para las transmisiones de inmuebles el ITP es del 6%, para los bienes muebles es del 4%. Existe un descuento del 2.5% en el caso de los bienes inmuebles en familias numerosas.
  • Andalucía: los bienes inmuebles con un valor inferior a los 130.000€ el ITP es del 3.5%. Para los bienes muebles, el impuesto es del 4%.
  • Aragón: el ITP de los bienes inmuebles de dicha comunidad oscila del 8 al 10% (dependiendo del valor del inmueble que se está transmitiendo).
  • Asturias: este tributo varía en función del precio total de la transacción del inmueble. En el caso de que el precio sea menor de 300.000€ el ITP es del 8%, si el precio va de 300.000 a 500.000€ el precio es del 9% y para transmisiones superiores, el impuesto es del 10%.
  • Baleares: en el caso de los bienes inmuebles, el precio también depende del importe de la venta. Así, en el caso de operaciones de hasta 400.000€ el porcentaje es del 8%, si el precio llega a los 600.000€ el tributo asciende al 10%. En el caso de bienes muebles el impuesto es del 4%.
  • Comunidad Valenciana: en este caso, el ITP de los inmuebles es del 10% aunque se puede reducir al 8% en el caso de que se adquieran viviendas de protección pública o sea para jóvenes de menores de 35 años. En el caso de los bienes muebles es del 6%.
  • Canarias: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es del 6% de forma general. Resulta el más barato de todo el país.
  • Cantabria: el ITP es del 8% de forma genérica aunque si el inmueble supera los 300.000€ el precio se eleva a un 10%. Existen descuentos para las familias numerosas o personas con riesgos de exclusión y tan solo deberán pagar el 5%.
  • Castilla – La Mancha: el tipo general del impuesto es del 9% aunque existen algunas deducciones que pueden hacer que únicamente pagues el 6%.
  • Castilla y León: el ITP es del 8% de forma genérica aunque se puede conseguir un 5% si la renta del comprador no supera la media.
  • Cataluña: en esta comunidad autónoma el ITP es del 10% de forma general. Aunque,  se puede bajar al 7% en el caso de adquirir una vivienda protegida y hasta el 5% en el caso de ser una familia numerosa, tener alguna minusvalía o tener menos de 32 años.
  • Ceuta y Melilla: en estas ciudades autónomas se paga el 6% de forma general. En el caso de Ceuta, se pueden llegar a obtener bonificaciones de hasta el 50% y, por tanto, pagar únicamente un 3%.
  • Extremadura: para vivienda inferiores a 360.000€ el impuesto es del 8%, para superiores a esta cifra, el ITP sube al 10%. Se pueden obtener deducciones en el caso de que sean viviendas de protección oficial o en familias con riesgos económicos.
  • Galicia: el precio genérico del ITP en bienes inmuebles es del 10% y del 8% en el caso de los bienes muebles.
  • La Rioja: el impuesto es del 7% pero si la vivienda se tiene que reformar, el precio baja un 1%. En el caso de que se adquiera por parte de jóvenes o personas minusválidas, el precio del tributo será del 5%.
  • Madrid: el ITP en Madrid es del 6% de forma general aunque para las familias numerosas el tributo es del 4%.
  • Murcia: en el caso de la transmisión de bienes inmuebles el precio es del 8%; para los bienes muebles es del 4%.
  • Navarra: en esta comunidad al precio de los bienes inmuebles se le aplica un ITP del 6% pero se puede conseguir una rebaja de hasta el 5% en casos concretos (familias numerosas, rentas bajas, etc.)
  • País Vasco: en esta comunidad el valor del ITP para bienes inmuebles es del 6% pero se puede conseguir el 2.5% en el caso de que seáis familia numerosa. Los bienes muebles se pagan al 4%.

 

 

Resumiendo…

Como puedes comprobar, los valores son muy diferentes en función de la comunidad autónoma en la que se realice la transacción. Sin embargo, este cálculo tiene mucho que ver con las políticas de cada región así como con las características propias de cada zona. Además, como hemos visto, en la mayoría de los casos, existen deducciones muy interesantes relacionadas con las necesidades particulares de cada comprador. En general, se bonifican: 

  • Familias numerosas.
  • Jóvenes menores de 35 años.
  • Personas con una renta media baja.
  • Personas con alguna minusvalía.
  • Inmuebles con características concretas (a reformar, pequeños, etc.).

 

Es importante que te informes bien sobre la situación del ITP en tu Comunidad Autónoma para poder hacer un cálculo aproximado de lo que te costará comprar una casa. En transacciones tan importantes como la compraventa de viviendas, un 6% puede ser un precio bastante significativo y, por eso, es importante que se conozca y que se tenga en cuenta con antelación para no llevarte una sorpresa posteriormente.

Piensa que, en la mayoría de los casos, cuando se compra una casa se tiene que pagar en líquido todos los gastos relaciones con la operativa: es decir, la notaría, la escritura y los impuestos (entre los que se incluye el ITP). Por tanto, asesórate correctamente antes de dar este gran paso y tenlo todo controlado. Solo así, podrás estar totalmente seguro de la transacción que vas a llevar a cabo.

 

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